DFL-1(Hacienda) 2001

Fecha Publicación: 11.09.2001

Fecha Promulgación: 18.04.2001

 

APRUEBA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE
LA LEY Nº 19.420.
 
Artículo 32
 
     A contar del primero del mes siguiente al de publicación de la presente ley, el valor en dólares para la importación 
de automóviles y stations wagons para efectos de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 21 del decreto con fuerza de 
ley N° 341, de Hacienda, de 1977, y de las franquicias del artículo 35 de la ley N° 13.039, será de US$9.000,00, el que se 
incrementará en un 15% para accesorios opcionales. Dicho valor se reajustará en la forma prevista en el inciso vigésimo cuarto 
del artículo 35 de la ley N° 13.039.