DFL-1(Hacienda) 2001
Fecha Publicación: 11.09.2001
Fecha Promulgación: 18.04.2001
APRUEBA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE
LA LEY Nº 19.420.
Artículo 28
Sustitúyese la glosa de la subpartida 0009.0200 del capítulo 0 (cero) del Arancel Aduanero, en su texto
complementado por el artículo 3° de la ley N° 19.288, por la siguiente:
''Mercancías de propiedad de cada viajero proveniente de Zona Franca o Zona Franca de Extensión, hasta por un valor
aduanero de US$1.000. De igual beneficio gozarán los pasajeros provenientes del extranjero que adquieran mercancías hasta por
un valor aduanero de US$500 en los Almacenes de Venta Libre establecidos en la ley N° 19.288, para su ingreso al país.''.
