DFL-1(Hacienda) 2001

Fecha Publicación: 11.09.2001

Fecha Promulgación: 18.04.2001

 

 

APRUEBA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE
LA LEY Nº 19.420. 
 
Artículo 23
 
    El Conservador de Bienes Raíces de Arica abrirá un registro especial en donde, a contar de la vigencia de esta ley, 
inscribirá todas las compraventas de inmuebles ubicados en las provincias de Arica y Parinacota, realizadas por extranjeros.
     Este registro estará permanentemente a disposición de las instituciones del Estado.