DFL-1(Hacienda) 2001

Fecha Publicación: 11.09.2001

Fecha Promulgación: 18.04.2001

 

 

APRUEBA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE
LA LEY Nº 19.420. 
 
Artículo 20
 
     La adquisición de derechos sobre los bienes raíces mencionados no conferirá privilegio de ninguna especie, ni 
podrá invocarse, bajo pretexto alguno, para substraerse de las leyes chilenas y de la jurisdicción de los Tribunales Nacionales.